Calculadora de impuestos cripto 2026

Cuánto IRPF pagarás por tus ganancias con criptomonedas según la escala del ahorro de 2026

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¿Cómo se calculan los impuestos cripto en España?

La calculadora aplica FIFO a todas tus compras y ventas de cada criptomoneda, resta al valor de transmisión las comisiones de venta y suma al de adquisición las de compra. Después aplica la escala del ahorro a tu ganancia neta del año, encima de tus otras rentas del ahorro si las indicas: la diferencia es el IRPF que pagas por tus criptomonedas.

Ejemplo

Compraste 1 BTC por 30.000 € (comisión 50 €) y lo vendiste por 45.000 € (comisión 50 €). Ganancia = 45.000 − 30.000 − 50 − 50 = 14.900 €. IRPF, sin otras rentas del ahorro: 6.000 € × 19 % + 8.900 € × 21 % = 1.140 € + 1.869 € = 3.009 €.

Ejemplo con otras rentas del ahorro

Si además de una ganancia cripto de 14.900 € tienes 45.000 € de otras rentas del ahorro (dividendos, intereses u otras ganancias), la ganancia cripto empieza a tributar donde acaban esas rentas: 5.000 € × 21 % + 9.900 € × 23 % = 3.327 €, frente a 3.009 € sin otras rentas.

Tramos IRPF 2026 para criptomonedas

Modelo 100 (Renta 2026): cada venta o permuta en las casillas 1800–1814 (numeración de la Renta 2025; 1804 valor de transmisión, 1806 valor de adquisición). Plazo previsto: hasta el 30 de junio de 2027, según la orden anual de la campaña.

Qué no calcula

Esta calculadora es orientativa y no constituye asesoramiento fiscal. Para un cálculo definitivo, consulta a un asesor fiscal o a la AEAT.

FAQ

¿Cómo funciona la calculadora de impuestos cripto?
Introduce tus compras y ventas (cantidad, precio por unidad, comisión y, si quieres, fecha). La calculadora aplica FIFO global a cada criptomoneda, calcula la ganancia neta del año y aplica la escala del ahorro de 2026 (19–30 %), encima de tus otras rentas del ahorro si las indicas. Por ejemplo, si compraste 1 BTC por 30.000 € y lo vendiste por 45.000 €, con 50 € de comisión en cada operación, la ganancia es 14.900 € y el IRPF, 3.009 € sin otras rentas del ahorro. Todo se calcula en tu navegador: no se envía ningún dato.
¿Sirve para todo tipo de operaciones cripto?
Sirve para compras, ventas y permutas (introduce la permuta como una venta y una compra a valor de mercado), con varias criptomonedas y fechas. No calcula el staking, la minería ni los airdrops al recibirlos, ni actividades económicas. Con cientos de operaciones es más cómodo un software fiscal que importe los CSV de los exchanges.
¿Qué tipos se aplican a las criptomonedas en 2026?
Las ganancias por vender o permutar criptomonedas tributan en la base del ahorro: 19 % hasta 6.000 €, 21 % de 6.000 a 50.000 €, 23 % de 50.000 a 200.000 €, 27 % de 200.000 a 300.000 € y 30 % a partir de 300.000 €. No hay mínimo exento. Además, si a 31 de diciembre tienes más de 50.000 € en criptomonedas custodiadas por proveedores extranjeros, debes presentar el Modelo 721. Fuente: Agencia Tributaria y Ley 35/2006 del IRPF.
¿La calculadora guarda mis datos?
No. Todos los cálculos se hacen en tu navegador: los datos no se envían a ningún servidor, no se guardan en el navegador y no se comparten con terceros. Al recargar o cerrar la página desaparecen.
¿Qué hago si tengo pérdidas con criptomonedas?
Las pérdidas se compensan con las ganancias patrimoniales del mismo año: con 5.000 € de ganancia en una operación y 2.000 € de pérdida en otra, tributas por 3.000 €, y la calculadora lo hace automáticamente. Si el saldo es negativo, se compensa con hasta el 25 % de los rendimientos del capital mobiliario y el resto durante 4 años. Declara también las pérdidas para poder usarlas.
¿Tengo que declarar las criptomonedas a Hacienda?
Sí: toda ganancia o pérdida por vender o permutar criptomonedas se declara en la Renta (casillas 1800–1814 en la Renta 2025). La campaña va de abril a finales de junio del año siguiente. Además, el Modelo 721 es obligatorio si a 31 de diciembre tienes más de 50.000 € en criptomonedas custodiadas por proveedores extranjeros, y los proveedores españoles ya informan a la AEAT de tus saldos y operaciones (modelos 172 y 173). Fuente: Agencia Tributaria.
¿Qué es el Modelo 721 para criptomonedas?
Es una declaración informativa para quien, a 31 de diciembre, tenga criptomonedas custodiadas por proveedores extranjeros por más de 50.000 € en conjunto. Se presenta del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente y no hay que repetirla salvo que el saldo aumente más de 20.000 € o dejes de ser titular. Las criptomonedas en autocustodia (tu propio monedero) no se declaran en él. No presentarlo se sanciona con 20 € por dato, con un mínimo de 300 € y un máximo de 20.000 € (10 € por dato, mínimo 150 € y máximo 10.000 €, si lo presentas tarde sin requerimiento); presentarlo incompleto o inexacto también es infracción (art. 199 LGT). El antiguo régimen de 5.000 € por dato quedó anulado tras la sentencia del TJUE.
¿Cómo se aplica el método FIFO a los impuestos cripto?
FIFO (First In, First Out) significa que se consideran vendidas primero las unidades más antiguas. Si compraste bitcoin a 25.000 €, 30.000 € y 35.000 € y vendes uno, su valor de adquisición es 25.000 €. La DGT exige FIFO para criptomonedas homogéneas y, según la consulta V1550-25, aplicado a todas tus plataformas en conjunto. La calculadora lo aplica automáticamente a cada criptomoneda: basta con introducir todas tus compras y ventas.
¿Cómo influyen mis otras rentas del ahorro?
Los tramos del IRPF del ahorro se aplican a la suma de todas tus rentas del ahorro: dividendos, intereses y ganancias patrimoniales. Por eso, la misma ganancia cripto paga más si ya tienes otras rentas del ahorro: 14.900 € de ganancia cripto pagan 3.009 € sin otras rentas, pero 3.327 € si ya tienes 45.000 € de dividendos e intereses. Tu salario tributa en la base general y no cambia el tipo del ahorro.

Fuentes

Los tipos, casillas y plazos de esta página proceden de estas fuentes oficiales:

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